Editorial 

Nada de justicia, nada de verdad, nada de rigor jurídico, nada de pruebas sólidas, nada de objetividad, nada de moral, nada de ética, nada de patriotismo, nada de honor, nada de pudor intelectual. Todo eso brilla por su ausencia en la deplorable sentencia del Juzgado III Penal del Circuito Especializado de Bogotá, dictada por la juez María Stella Jara Gutiérrez, que condena al Coronel retirado Luis Alfonso Plazas Vega como “coautor mediato de la conducta de desaparición forzada agravada” de 11 personas durante la “retoma” del Palacio de Justicia en noviembre de 1985, condenándolo, en primera instancia, a “30 años de prisión”.

En toda sentencia, los fundamentos de Derecho y el recto análisis de los hechos probados son más importantes que el propio fallo. Es el camino deductivo por el que el juez explica su decisión,  apoyado en la doctrina y en la jurisprudencia (o sea los precedentes judiciales de hechos similares). Sin unos sólidos fundamentos jurídicos y probatorios, la sentencia no pasa de ser una estafa repugnante, aunque revestida de la típica prosopopeya oficial.  

Los fundamentos de Derecho invocados por la juez para poner en prisión al Coronel Plazas, más que argumentos jurídicos, parecen verdaderas disculpas que tratan de justificar, a como de lugar, la condena de un inocente. No por otra razón la juez Jara echó mano de la muy discutible teoría jurídica de la llamada “autoría mediata”, de acuerdo con la cual se puede condenar a una persona por el sólo hecho de ostentar mando sobre subalternos que habrían sido responsables de un delito. Es decir, como no hay pruebas que vinculen directamente al Coronel Plazas con las desapariciones, entonces se le condena por la supuesta responsabilidad de sus subalternos en la ejecución de las mismas. De acuerdo con la juez, el Coronel Plazas “tuvo el dominio del hecho a través de la fuerza que comandaba, lo que le aseguró la consumación del punible a través de la fungibilidad de los ejecutores responsables, quienes resultaron ser piezas esenciales de un engranaje completo orientado al crimen”. 

Sin embargo, aún aceptando la muy problemática e incierta tesis jurídica de la “autoría mediata” o de la “responsabilidad indirecta”, se necesitan evidencias sólidas y verosímiles que permitan establecer que el Coronel Plazas ordenó las desapariciones y que demuestren, efectivamente, la existencia del elemento material del delito, es decir la identificación de los 11 cuerpos de quienes fueron supuestamente torturados y desaparecidos por ordenes del alto mando militar y de policía, con la participación determinante del Coronel Plazas.  

¿Dónde están esas pruebas? En ninguna parte de las 302 páginas que componen la sentencia. El testigo clave para condenar al Coronel Plazas es Edgar Villamizar o Villamil, un suboficial retirado del ejército, cuyo apellido ni siquiera está claro en el testimonio, toda vez que en el texto aparece como Villamizar y en la firma como Villamil, grave inconsistencia que la juez desestimó olímpicamente al decir que se trataba de un simple error de mecanografía y que su identidad está “plenamente probada”. Pero no dice nada sobre la inconsistencia grafológica en las firmas del testigo. Según él, que en la época de los hechos se desempeñaba como cabo segundo del ejército, los 11 desaparecidos fueron trasladados como “sospechosos”, por órdenes de Plazas Vega,  a la Escuela de Caballería, para ser sometidos a un interrogatorio que terminó en torturas. De acuerdo con el testigo, él escucho cuando “Alguien le pregunta al Coronel Plazas qué hacemos con la gente y es donde manifiesta abiertamente, ‘cuelguen esos hijueputas’”. Esa es la base esencial de la sentencia.  

El problema fundamental de ese testimonio es que no pudo ser controvertido por la defensa, tal como lo establece la Constitución en su artículo 29. Según la Corte Constitucional, de la interpretación de ese artículo, se advierte con claridad que no es admisible el establecimiento de excepciones al principio de la contradicción de la prueba.  Eso no lo tiene en cuenta la juez Jara. Ella da por sentado que lo declarado por ese testigo, oscuro y desconocido, es cierto. No hay crítica del testimonio. No se cuestionan las contradicciones y las inconsistencias del testigo, por ejemplo cuando dice que fue trasladado en un helicóptero con capacidad para 15 personas, que para la época no existía. 

¿Qué otras “pruebas” hay para condenar al Coronel Plazas? Sólo hay meros indicios, suposiciones y conclusiones sin fundamento. Por ejemplo, a partir de la transcripción de una grabación en el que se encuentra la versión de uniformados al servicio del Ejército Nacional, en la que se dice que ellos fueron los encargados de trasladar a un “número de rehenes que eran mantenidos por la subversión dentro de las instalaciones del Palacio” a la Casa Museo del Florero, en donde fueron identificados, la juez concluye, sin más elementos probatorios, que se trata de los mismos 11 desaparecidos que fueron torturados. 

Así las cosas, queda claro que para la juez vale más un testimonio equívoco y aislado, apoyado en unas suposiciones descontextualizadas e inverosímiles, que el fallo absolutorio del Tribunal Especial de Instrucción de 1986, los testimonios y objeciones legítimas de la defensa, los argumentos jurídicos de la Procuraduría General de la Nación y los principios básicos del Derecho. 

¿Dónde está la evidencia que demuestra lo que sucedió con los 11 desaparecidos? No hay nada. Nadie vio cuando los torturaron. Los cuerpos no han sido identificados. El elemento material del delito brilla por su ausencia. Entonces, ¿qué pasó con los desaparecidos? Según el Tribunal Especial de Instrucción de 1986, el cual sí tuvo contacto directo con las pruebas, los cuerpos de esas 11 personas se incineraron a tal grado que no pudieron ser reconocidos. O sea que no hay desaparecidos. Con la tecnología actual esos restos pueden ser identificados con pruebas de ADN, pero la juez Jara siempre lo ha impedido. A ella no le interesa la verdad de los hechos y el castigo de los verdaderos culpables (o sea los terroristas del M-19), lo que busca es dejar por el suelo la moral y el buen nombre de las fuerzas militares de Colombia, a las cuales llega a poner en el mismo saco con los criminales nazis.  

Si bien el fallo condenatorio contra el Coronel Plazas Vega es susceptible de ser revocado por una instancia superior, huelga decir que el pésimo precedente que sienta constituye un grave golpe al esclarecimiento de la verdad; es una paliza a la moral y al buen nombre de nuestras fuerzas armadas y representa un claro ejemplo de la degradación ética y profesional de la justicia colombiana: De ahora en adelante, si el terrorismo repite un holocausto infame como el que tuvo lugar en 1985 a manos del M-19 en el Palacio de Justicia, no está claro que nuestros militares vuelvan a poner su vida en peligro para liberar a los cautivos, salvar el Estado de Derecho y terminar la pesadilla, como hicieron con valor admirable en aquella difícil ocasión, porque tendrán presente que un día cualquiera un juez sesgado y torticero, podrá condenarlos a prisión vitalicia, violando sus más elementales derechos procesales. Es un momento triste y oscuro para Colombia.  

Desde Comentario Digital expresamos nuestro más enérgico rechazo a este fallo injusto e infame. Creemos en la inocencia de Coronel Plazas y abogamos por la verdad y la justicia.


Comentarios  

 
+3 #7 11-07-2010 20:01
Estoy impresionada y dolida de ser Colombiana, lo que estan cometiendo con el CORONEL PLAZAS VEGA Y SU FAMILIA, es un verdadero crimen, nuestros hombres del mejor Ejercito del mundo, que nos defienden a nosotros y a las Instituciones, son castigados y perseguidos, en cambio todos esos verdaderos criminales andan sueltos o con la casa por carcel que es una alcagueteria, tenemos que rechazar energicamente a esta que dice llamarse JUEZ, que con su actitud no hizo sino darse popularidad, a consta de un verdadero inocente, sigamos luchando para que se haga verdadera justicia y por fin salga limpio el valiente CORONEL.
 
 
+3 #6 23-06-2010 13:11
No soy abogado ni militar, pero sí colombiano amante de mi patria. Es una infamia la condena del Coronel Plazas. ¿Porqué se reabre un caso y sí se deja un indulto a criminales de lesa patria? ¿o es que el aleve ataque a los magistrados es no sólo un crimen de lesa huimanidad sino tambien de lesa Patria?
 
 
-6 #5 17-06-2010 15:37
Como dice Juan,"gracias a dios no soy abogado" por que si todos los que escribieron en este articulo fueran abogados, estaríamos en una dictadura pura. Donde el poder judicial no seria independiente si no una mera arma de un gobierno corrupto y asesino( y no solo me refiero al gobierno actual).
La practica de desapariciones por parte de el ejercito no es un fenómeno nuevo, existe como practica estatal desde hace muchos años.
PD: " Gracias a dios no son abogados y yo tan poco,( no me gustaria que me tildaran de "apatrida" por condenar a un asesino de el ejercito).
 
 
+6 #4 17-06-2010 13:03
Gracias a Dios no soy ABOGADO, y de haberlo sido me daría pena pensar que mis colegas son UNA VERGUENZA PÚBLICA NACIONAL E INTERNACIONAL. Que ejemplo dan los Majistrados de las Cortes, La Colegiatura, enfin todo ese sistema huele muy mal. Jueces impreparados, sin objetividad y justicia, De todas maneras QUE VERGUENZA para nosotros los colombianos que nos correspondió este tipo de seres inescrupulosos.
 
 
-6 #3 16-06-2010 10:28
2500 millones de pesos en recompensas se van a pagar a informantes de la operación camaleon eso es lo que queremos una cultura de ciudadanos buscando hacerse millonarios por denunciar lo que afecta a sus conciudadanos o una colombia de ciudadanos preocupados que conocen sus deberes y no esperan que les paguen por actuar correctamente? cuanto se habrá repartido en recompensas estos ocho años? ese sería un buen dato para conocer
 
 
+8 #2 15-06-2010 19:31
Indiscutiblemen te existe la maldad en el Genero Humano. No entiendo el porque tanto odio para una persona como el Coronel Plazas Vega. No conozco a la Jueza Maria Stella Jara, pero si ella " refleccionara"....... que en las decadas que se preparaba como profesional para ser alguien en la vida .Existia un soldado que defendia sus derechos para el bienestar de todos los Colombianos y entre los que tuvieron esa oportunidad de ser alguien, fue ella. Que los años y Dios la consuelen en el trancurrir de su vida por esa injusticia que ha cometido con el soldado valerozo CORONEL PLAZAS VEGA
 
 
+10 #1 13-06-2010 18:23
No cabe duda alguna que en este fallo hay solamente un animo revanchista y malintensionado por parte de la Juez,quien ahora se quiere mostrar como heroina y como victima haciendole creer a la opinion publica que esta amenazada.En realidad si sera perseguida pero por su propia conciencia.Se necesita tener muy bajos instintos para condenar a 30 anos a un inocente.Y ella lo sabe.
 

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